CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACION - USOS OCASIONALES

1a- OBJETO. El presente documento regula las condiciones en las que la entidad HISPASAT, S.A. o HISPAMAR EXTERIOR, S.L. (en adelante se denominará a la entidad correspondiente contratante como el "GRUPO HISPASAT") arrienda a un operador habilitado de servicios por satélite (en adelante, el CLIENTE) la utilización de capacidad espacial para usos ocasionales no permanentes en los satélites del GRUPO HISPASAT (en adelante, los "Satélites"), en los términos y con las características que se establecen en las Condiciones Particulares. Esta capacidad se denominará en adelante "Capacidad Arrendada".

La Capacidad Arrendada será utilizada por el CLIENTE para prestar servicios de telecomunicaciones de conformidad a sus títulos habilitantes y estará sujeta a lo establecido en estas Condiciones Generales, a las Condiciones Particulares, a los acuerdos internacionales de coordinación que obliguen al GRUPO HISPASAT y a lo dispuesto en las legislaciones nacionales de aplicación. El CLIENTE declara haber obtenido todos y cada uno de los permisos o autorizaciones exigidos por las Administraciones competentes en el país o países en los que vaya a prestar los servicios que realizará a través de los Satélites del GRUPO HISPASAT y se compromete a mantenerlos en vigor en tanto utilice la Capacidad Arrendada.

2a- DURACIÓN. El arrendamiento de la Capacidad Arrendada surtirá efectos desde la fecha de aceptación de la oferta del GRUPO HISPASAT por el CLIENTE y su duración será la acordada por las Partes en el documento de Condiciones Particulares.

3a- PRECIO, FACTURACIÓN Y PAGO. El CLIENTE abonará al GRUPO HISPASAT por el uso y disfrute no permanente de la Capacidad Arrendada la cantidad que figura en las Condiciones Particulares, de conformidad con el precio ofertado por el GRUPO HISPASAT al CLIENTE. Esta cantidad, que en adelante se denominará "Precio", será incrementada con los impuestos que legalmente correspondan en cada momento. Las obligaciones de carácter tributario que puedan derivarse del uso de la Capacidad Arrendada serán asumidas por cada Parte de conformidad con las leyes y disposiciones aplicables.

El GRUPO HISPASAT facturará de conformidad al documento de Condiciones Particulares, detallándose en la factura los periodos de tiempo de utilización de la Capacidad Arrendada, el tipo de uso concreto y el Precio aplicado así como los gastos que puedan originarse por las cancelaciones. El Precio se calculará sobre el tiempo reservado por el CLIENTE, considerándose como hora de comienzo de la transmisión la solicitada por el CLIENTE, aunque comience antes, y como hora de finalización de la transmisión la solicitada por el CLIENTE, aunque finalice antes. El tiempo reservado y no utilizado por el CLIENTE será facturado en su totalidad salvo que se haya notificado la cancelación de la reserva antes del comienzo del periodo reservado.

El Precio será abonado mediante transferencia bancaria en el plazo de treinta (30) días contados a partir de la emisión de la correspondiente factura por parte del GRUPO HISPASAT. En caso de no abonarse en dicho plazo, el CLIENTE vendrá obligado a pagar un recargo por mora que se establece en el resultado de multiplicar por el número de días naturales del retraso y dividir por 365, el tipo de interés de demora para operaciones comerciales legalmente establecido por Ley 3/2004, de 29 de diciembre, y que publica regularmente el Ministerio de Economía y Hacienda español.

4a- PETICIÓN, UTILIZACIÓN DE LA CAPACIDAD ARRENDADA Y CANCELACIÓN. El CLIENTE utilizará los planes de transmisión puestos a disposición por el GRUPO HISPASAT para usos ocasionales y presentará una Solicitud de Aprobación de Estaciones Terrenas en conformidad con el Manual de Procedimiento de Utilización del Satélite que corresponda (MUSSH/MUSA). Una vez obtenida la aprobación por parte del GRUPO HISPASAT, el CLIENTE podrá cursar la Petición de Transmisión, la cuál será atendida por el GRUPO HISPASAT en función de la disponibilidad de la capacidad solicitada. En el caso de que exista disponibilidad y se cumplan los requisitos técnicos exigidos, el GRUPO HISPASAT autorizará la transmisión solicitada.

La utilización de la Capacidad Arrendada se llevará a cabo de conformidad con los procedimientos definidos en el Manual de Procedimiento de Utilización del Satélite que corresponda (MUSSH/MUSA). El CLIENTE será responsable del registro de las Estaciones Terrenas que accedan a la Capacidad Arrendada, en conformidad con los procedimientos de la UIT, y de la reglamentaria coordinación de frecuencias de esas Estaciones con otras Estaciones de servicios de radiocomunicaciones.

Si el GRUPO HISPASAT considera que alguno de los usos de la Capacidad Arrendada no cumple los requisitos técnicos y pudieran producirse daños significativos o degradación de los servicios prestados a otros clientes del Satélite o a otros satélites, el GRUPO HISPASAT podrá exigir al CLIENTE la suspensión de sus transmisiones, adoptando además las acciones que considere necesarias para conseguir tal suspensión incluyendo, en su caso, la desactivación del transpondedor o de los transpondedores involucrados hasta que el incumplimiento haya sido corregido. El GRUPO HISPASAT no responderá frente al CLIENTE de los daños y perjuicios que pudiesen ser originados, mediata o inmediatamente, por las medidas que se adopten.

El CLIENTE podrá cancelar parcial o totalmente su reserva, aplicándose los términos reflejados en las Condiciones Particulares de Contratación.

5a- RESPONSABILIDAD. El GRUPO HISPASAT se compromete a facilitar el acceso a la Capacidad Arrendada en los términos recogidos en las presentes Condiciones Generales y en las Condiciones Particulares, quedando obligada a responder a las reclamaciones del CLIENTE en el plazo más breve posible. En el caso de que se produzca una interrupción en el funcionamiento de la Capacidad Arrendada, el GRUPO HISPASAT sólo estará obligado a devolver al CLIENTE la parte proporcional del Precio correspondiente al tiempo de interrupción del servicio y a la capacidad afectada, quedando excluida cualquier otra responsabilidad para el GRUPO HISPASAT. Tras la realización del servicio el CLIENTE dispondrá de una semana para realizar cualquier tipo de reclamación. Una vez pasado dicho plazo sin que el CLIENTE formalice reclamación alguna, se le tendrá decaído en su derecho.

El GRUPO HISPASAT no responderá de las acciones o reclamaciones por dalias y perjuicios efectuados por un tercero, por cualquier causa derivada de la utilización que de la Capacidad Arrendada pueda realizar el CLIENTE. El GRUPO HISPASAT es, en todo caso, ajeno a las emisiones e informaciones que sean transmitidas como consecuencia de la utilización de la Capacidad Arrendada. En consecuencia, no será responsable de cualquier acción que entablen, no sólo los clientes del CLIENTE, sino terceros, en solicitud de daños y perjuicios derivados de las citadas emisiones. Sin perjuicio de lo anteriormente indicado, el GRUPO HISPASA T queda facultado para desactivar el servicio temporalmente cuando tenga indicios o conocimiento fundados de que la Capacidad Arrendada viene siendo utilizada, o tiene intención de utilizarse, con la finalidad de lesionar la seguridad colectiva, o de provocar la discriminación o el odio o la violencia contra grupos o asociaciones por motivos racistas u otros referentes a la ideología, religión o creencias. Asimismo, el GRUPO HISPASAT queda facultado para desactivar temporalmente el servicio cuando tenga indicios o conocimiento fundados de que la Capacidad Arrendada viene siendo utilizada por bandas terroristas o elementos amados, o por quienes colaboran o coadyuvan con las citadas bandas o elementos. La desactivación del servicio por cualquiera de las anteriores causas no dará lugar a indemnización ni compensación alguna al CLIENTE por parte del GRUPO HISPASAT.

6a- CESIÓN. El CLIENTE no podrá ceder a un tercero los derechos y obligaciones derivados de esta relación contractual ni podrá exonerarse de sus responsabilidades frente al GRUPO HISPASAT.

7a- RESOLUCIÓN. Será causa de rescisión o resolución de la relación contractual entre las Partes las establecidas en la ley española para resolución de los contratos y de las obligaciones recíprocas. Cualquier incumplimiento por las Partes del contenido de las presentes Condiciones Generales o de las Condiciones Particulares facultará a la que lo cumpliere bien a solicitar lo pactado o a resolver la relación contractual y, en ambos casos, tendrá derecho a resarcirse de los daños y perjuicios de dicho incumplimiento.

8a- CONFIDENCIALIDAD. Las Partes asumen el compromiso de tratar toda la información intercambiada como estrictamente confidencial, comprometiéndose cada una de ellas a no hacerla pública y a tomar todas las medidas oportunas para asegurar y proteger su confidencialidad, durante la vigencia del contrato y por un periodo adicional de dos años tras su finalización.

9a- COMUNICACIONES. Cualquier comunicación relativa a la aplicación de las presentes Condiciones Generales o de las Condiciones Particulares será dirigida a:booking@hispasat.es, c/Gobelas 41 - 28023 Madrid - España - Tel + 34 917102540.

El CLIENTE se compromete a comunicar por escrito al GRUPO HISPASAT cualquier cambio que se produzca en sus datos identificativos antes de que éstos sean efectivos. Con el fin de agilizar las comunicaciones anteriormente mencionadas, las Partes aceptan como documentos originales los que se envíen por fax o e-mail.

10a- INTEGRIDAD DEL CONTRATO. Las Condiciones Particulares de contratación con el CLIENTE junto con las presentes Condiciones Generales formarán la relación contractual entre ambas Partes.

11a- LEGISLACIÓN Y FUERO. Las presentes Condiciones Generales y las Condiciones Particulares se interpretarán de conformidad con la legislación española, sometiéndose para la resolución de cualquier controversia derivada de su aplicación o interpretación a los Juzgados y Tribunales de Madrid (España).

Condiciones-Generales-de-Contratacion.pdf